Consejo General de Enfermería de España

Es un organismo indispensable para la profesión enfermera , que trabaja por los intereses profesionales.

Funciones públicas:

  • Establecimiento y regulación del orden profesional.
  • Deontología.
  • Funciones disciplinarias.
  • Representación en el ámbito administrativo.

Funciones privadas:

  • Función formativa.
  • Póliza de responsabilidad civil.
  • Asesoría jurídica.
  • Servicios informáticos.
  • Convenios con entidades aseguradoras y financieras.

Colegiación obligatoria: el artículo 3.2 de la Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales.

Ley 44/2003, de 21 de noviembre, de ordenación de las profesiones sanitarias.

Real Decreto 1231/2001, de 8 de noviembre, por el que se aprueban
los Estatutos generales de la Organización Colegial de Enfermería de
España, del Consejo General y de Ordenación de la actividad
profesional de enfermería. Pdf.